Área de elementos
Taxonomía
Código
Nota(s) sobre el alcance
- Codigo: 1423
Nota(s) sobre el origen
- https://archivommdh.cl/index.php/tribunal-constitucional
Clodomiro Almeyda en Tribunal Constitucional. Santiago, 22 de diciembre 1987. Fotografía de Patricia Alfaro Insunza. Luego de haber ingresado clandestinamente al país durante la dictadura en marzo de 1987, Almeyda fue llamado por el Tribunal Constitucional por un requerimiento del Ministro del Interior de la dictadura, Ricardo García Rodríguez, aduciendo que "de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 16 y 82 de la Constitución Política y 63, 64 y 70 y demás disposiciones de la ley 17.997, se declare la responsabilidad de José Clodomiro Almeyda Medina por "haber incurrido en actos que propagan doctrinas que propugnan la violencia como también en actos que propagan doctrinas que propugnan una concepción de la sociedad, del Estado o del orden jurídico de carácter totalitario, e igualmente en actos destinados a propagar doctrinas fundadas en la lucha de clases" aplicándosele las sanciones constitucionales y legales correspondientes".
Alfaro, Patricia OKClodomiro Almeyda en Tribunal Constitucional. Santiago, 22 de diciembre 1987. Fotografía de Patricia Alfaro Insunza. Luego de haber ingresado clandestinamente al país durante la dictadura en marzo de 1987, Almeyda fue llamado por el Tribunal Constitucional por un requerimiento del Ministro del Interior de la dictadura, Ricardo García Rodríguez, aduciendo que "de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 16 y 82 de la Constitución Política y 63, 64 y 70 y demás disposiciones de la ley 17.997, se declare la responsabilidad de José Clodomiro Almeyda Medina por "haber incurrido en actos que propagan doctrinas que propugnan la violencia como también en actos que propagan doctrinas que propugnan una concepción de la sociedad, del Estado o del orden jurídico de carácter totalitario, e igualmente en actos destinados a propagar doctrinas fundadas en la lucha de clases" aplicándosele las sanciones constitucionales y legales correspondientes".
Alfaro, Patricia OKClodomiro Almeyda en Tribunal Constitucional. Santiago, 22 de diciembre 1987. Fotografía de Patricia Alfaro Insunza. Luego de haber ingresado clandestinamente al país durante la dictadura en marzo de 1987, Almeyda fue llamado por el Tribunal Constitucional por un requerimiento del Ministro del Interior de la dictadura, Ricardo García Rodríguez, aduciendo que "de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 16 y 82 de la Constitución Política y 63, 64 y 70 y demás disposiciones de la ley 17.997, se declare la responsabilidad de José Clodomiro Almeyda Medina por "haber incurrido en actos que propagan doctrinas que propugnan la violencia como también en actos que propagan doctrinas que propugnan una concepción de la sociedad, del Estado o del orden jurídico de carácter totalitario, e igualmente en actos destinados a propagar doctrinas fundadas en la lucha de clases" aplicándosele las sanciones constitucionales y legales correspondientes".
Alfaro, Patricia OKDocumento judicial redactado por los miembros del Tribunal Constitucional de Chile junto a Ministros de Estado formalizando la aprobación del funcionamiento y organización interna del Tribunal y su personal. El documento está completo, títulos I; II con sus respectivos artículos. Incluye timbres y firma manuscrita del Secretario.
Recorte de prensa. La Nación, 20 de marzo 1997. Recurren al Tribunal Constitucional para despejar quorum necesario para aprobarlo. Gobierno retira proyecto para abolir la pena de muerte.
Diario La NaciónDocumento con propuestas de Sergio Insunza para el tribunal que deberá enjuiciar a los responsables de los crímenes cometidos en la Junta Militar.
Clodomiro Almeyda en Tribunal Constitucional. A su costado, el Procurador General de la República, Ambrosio Rodríguez. Santiago, 22 de diciembre 1987. Fotografía de Patricia Alfaro Insunza. Luego de haber ingresado clandestinamente al país durante la dictadura en marzo de 1987, Almeyda fue llamado por el Tribunal Constitucional por un requerimiento del Ministro del Interior de la dictadura, Ricardo García Rodríguez, aduciendo que "de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 16 y 82 de la Constitución Política y 63, 64 y 70 y demás disposiciones de la ley 17.997, se declare la responsabilidad de José Clodomiro Almeyda Medina por "haber incurrido en actos que propagan doctrinas que propugnan la violencia como también en actos que propagan doctrinas que propugnan una concepción de la sociedad, del Estado o del orden jurídico de carácter totalitario, e igualmente en actos destinados a propagar doctrinas fundadas en la lucha de clases" aplicándosele las sanciones constitucionales y legales correspondientes".
Alfaro, Patricia OK