Bando Nº 91. Se pone en conocimiento de la ciudadanía que por D.S. Nº 200, del Ministerio de Agricultura, publicado en el Diario Oficial el día 12 de noviembre de 1973, se prohíbe en todo el territorio Nacional, la comercialización y venta de ramas y árboles de especies forestales autóctonas y exóticas que usualmente se emplean en Navidad con fines decorativos. El texto del Decreto en referencia es el siguiente. Articulo1.- Prohíbase, en todo el territorio Nacional, a partir de la fecha de publicación de este decreto en el Diario Oficial y hasta el 6 de enero de 1974, la comercialización de ramas y arboles de especies forestales autóctonas y exóticas que usualmente se emplean en Navidad con fines decorativos… Firma: Humberto Gordon Rubio. Crl de Ejército, Intendente Regional a la fecha.
Gordon Rubio, HumbertoÁrea de elementos
Taxonomía
Código
Nota(s) sobre el alcance
- Codigo: 1499
Nota(s) sobre el origen
- https://archivommdh.cl/index.php/decreto